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NUEVA LEY DE ESPACIOS PÚBLICOS LIBRES DE HUMO

2010-12-23

En 2011 entrará en vigor la Ley de Espacios Públicos Libres de Humo.
USOCV exige que se modifique el listado de Enfermedades Profesionales introduciendo
las derivadas del HAT, para una mayor protección de los trabajadores expuestos, y que además, en



En 2011 entrará en vigor la Ley de Espacios Públicos Libres de Humo, que prohibirá fumar en lugares públicos cerrados con el objetivo de proteger a los no fumadores de las consecuencias
de la exposición al tabaco. Los expertos aseguran que aquellos que no fuman y están expuestos a los malos humos, sufren consecuencias inmediatas en su salud.
Es para USOCV una preocupación fundamental durante los últimos años, los efectos que para los
trabajadores del sector de la hostelería tiene el llamado Humo Ambiental del Tabaco (HAT). Según
las estadísticas, más de un millar de personas sufren anualmente las consecuencias del HAT, por
lo que desde nuestro sindicato, veníamos exigiendo una legislación más restrictiva que protegiese a los trabajadores y trabajadoras que, diariamente, se ven expuestos a un riesgo grave para su salud, sin que fuese un riesgo evaluado ni sobre el que se implantaran medidas reventivas.
A pesar de que la presente Ley parece que va a dar importantes pasos en esta dirección,seguimos percibiendo graves deficiencias en su redacción que pasamos a enumerar:
• Se prohíbe fumar en todos los locales de uso público cerrados. Con las excepciones de los
casinos, los bingos y las salas de juegos.
• Sí se podrá fumar en establecimientos penitenciarios, centros psiquiátricos y centros de
mayores o de personas con discapacidad, siempre que sea en las zonas exteriores de los edificios o en salas habilitadas al efecto, que deberán estar señalizadas y contar con ventilación
independiente.
• Los hoteles podrán reservar hasta un 30% de habitaciones para fumadores, y siempre deberán
ser las mismas y estar separadas del resto.
Si finalmente se aprueba el texto actual, echamos en falta una regulación específica para aquellos trabajadores y trabajadoras que, como en los casos enumerados anteriormente, continuarán
viéndose expuestos a un riesgo derivado de su actividad laboral.
USOCV exige que se modifique el listado de Enfermedades Profesionales introduciendo
las derivadas del HAT, para una mayor protección de los trabajadores expuestos
y que, además, en la evaluación de riesgos de su puesto de trabajo aparezca evaluado
el riesgo de verse afectado por el humo ambiental en su jornada laboral.



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